DeCA en transporte agrícola y cooperativas
El transporte privado agrícola de la propia explotación tiene régimen propio; el que se factura a terceros es transporte público y necesita DeCA.
Privado agrícola vs público
El transporte realizado con vehículos agrícolas para la propia explotación (cosecha propia, transporte entre parcelas) tiene su regulación (RGC) y no es transporte público de mercancías. En cambio, si un agricultor o cooperativa transporta para terceros de forma remunerada, es transporte público: autorización y DeCA.
Cooperativas y acopio
Cuando la cooperativa organiza el transporte de la cosecha de sus socios a terceros, actúa como cargadora contractual: debe asegurar el documento en cada viaje.
En la práctica
Si tu actividad está en el límite, pídeselo a tu gestoría. Emitir de más no sanciona; circular sin el documento exigible, sí (401-600 €).
Preguntas frecuentes
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